Seguros Personales
Este seguro le garantiza a una persona en caso de su propio fallecimiento, una compensación económica a sus familiares directos, o en su defecto a aquellas personas que él mismo elija como beneficiarios.
Este permite anticiparse al mañana y asegurar desde hoy el pago de la formación académica universitaria de los hijos o beneficiarios. Esta inversión suele ser flexible, cómoda y adaptada al presupuesto actual del asegurado.
Tiene como fin, proteger contra lesiones corporales y muerte accidental que pueda sufrir una persona de manera súbita e imprevista, causados por un accidente.
Es un contrato entre la persona y la compañía de seguros en donde el asegurado adquiere un plan y la aseguradora accede a cubrir los gastos médicos que se puedan originar, de acuerdo a las condiciones contratadas.
Es una póliza mediante la cual el asegurado tiene protección en caso de enfrentar enfermedades o accidentes de alto costo. Las enfermedades y/o atenciones cubiertas vienen especificadas en cada contrato.
Está diseñado para entidades del sistema financiero y tiene como propósito cubrir el saldo insoluto de la deuda, si ocurre el fallecimiento del deudor o codeudor de un préstamo.
Este seguro garantiza el pago directo y/o por reembolso de los gastos por servicio de exequias o gastos funerarios de la persona asegurada.
Riesgos Generales
Esta póliza tiene como objetivo, cubrir las pérdidas y/o daños ocasionados a las propiedades aseguradas, como consecuencia de los riesgos cubiertos como son: Incendio y/o Rayo, Terremoto y/o Temblor de Tierra, Explosión, Motín-huelga y Daños Maliciosos, Huracán-Ciclón-Tornado y Manga de Viento, Daños por Agua a Consecuencia de Huracán, Inundación y/o Ras de Mar, Daños por Naves Aéreas y/o Vehículos Terrestres, Daños por Humo, Daños por Agua Accidental, Daños por Granizo, Combustión Espontánea, Colapso y/o Derrumbe de Edificio y/o Silos, Derrumbe de Estibas, Mercancía en Tránsito, Remoción de Escombros y Robo con Escalamiento y/o Violencia en las personas. (Deducible de un 2% de la suma asegurada por renglón, para los riesgos catastróficos)
Cubre las pérdidas o destrucción física o daño material, a los bienes muebles e inmuebles asegurados, como consecuencia directa en forma accidental y repentina, de cualquier causa, que se encuentren dentro de los predios determinados en el cuadro de declaraciones.
Esta póliza, cubre la pérdida resultante de una necesaria interrupción del negocio del asegurado y/o los gatos extras, incurridos debido a un daño a la propiedad del asegurado y por uno de los peligros cubiertos durante la vigencia de la póliza.
Esta póliza, cubre las pérdidas y/o daños ocasionados por cualquier acto fraudulento o deshonesto, cometido por uno o más de los empleados, la pérdida de dinero y/o valores que ocurra dentro y fuera de cualquiera de los locales asegurados y provenga de la destrucción real, desaparición o substracción dolosa de los mismos. Cuando la pérdida sea fuera de cualquiera de los locales asegurados, el dinero y/o valores, deben ser transportados por un mensajero del asegurado. También cubre, las pérdidas por falsificación o alteración de cualquier cheque librado o girado por el asegurado y las pérdidas de valores, causada por la destrucción real o desaparición de los mismos, o de una o varias cajas fuertes de depósito, arrendadas en cualquier bóveda de una institución bancaria.
Cubre las pérdidas y/o daños ocasionados a los cristales, por rotura accidental, incluyendo los riesgos de: Incendio y/o rayo, terremoto, huracán, motín- huelga – daños maliciosos y daños por naves aéreas, entre otros.
Cubre hasta el límite asegurado de la póliza, por los daños y/o perjuicios, ocasionados a terceras personas, como consecuencia de los peligros cubiertos y que el asegurado esté obligado a pagar.
Cubre la rotura accidental súbita e imprevista, que sufrieran los equipos, como pudiera ser el desgarramiento de la bobina o la rotura del generador, daños a causa de impericia, mal manejo, ignorancia o actos malintencionados. También cubriría, el daño causado por sobrecarga de corriente, presión excesiva, cortocircuito, arco voltaico, recalentamiento o escape eléctrico.
Cubre las pérdidas y/o daños a los equipos cubiertos, por cualquier problema eléctrico como cortocircuito, alto voltaje, rayo, accidentes de operación, pérdidas y/o daños directa o indirectamente causados por terremoto y temblor de tierra, maremoto, erupción volcánica, ciclón, huracán, motín, huelga, daños maliciosos, conmoción civil o hurto.
Cubre contra pérdida y/o Daños a consecuencia de Accidentes del Vehículo Transportador, mientras la mercancía asegurada se encuentre en tránsito y/o en curso de tránsito directamente causado por: Descarrilamiento o Volcadura, Colisión del Vehículo Transportador, Incendio, Rayo y Explosión, Derrumbe y/o Colapso de puentes o embarcaciones, crecientes de aguas navegantes o inundaciones de ríos, accidentes causados directamente por Terremoto y/o Temblor de Tierra, Huracán, Ciclón, Tornado y Manga de Viento e inundaciones, Motín, Huelga y Tumultos Populares, Robo de Bultos Completos, que sean a consecuencia de uno de los riesgos cubiertos.
La aseguradora se compromete a pagar, a nombre del asegurado, todas las sumas que legalmente este se vea obligado a pagar, por daños y perjuicios cubiertos por la póliza y por cuyas coberturas se haya cobrado una prima específica, causados accidentalmente, por mediación de o a consecuencia del uso del vehículo de motor asegurado y que se hayan originado dentro del período de vigencia de esta póliza por: Daños a la propiedad de terceros, lesiones corporales a terceros, accidentes personales al conductor, pasajeros, peones y ayudantes, fianza judicial para libertad provisional del conductor, colisión y vuelco, robo o hurto total, incendio y transporte, pérdida total, robo de partes interiores, rotura de cristales y riesgos comprensivos entre otros.
Esta póliza es para asegurar el objeto o el bien especificado para transitar y bajo las condiciones nombradas embarcado por o a cuenta del asegurado, o por el seguro que está bajo su control como agente vendedor o comprador, a menos que esté asegurado en otra parte antes del inicio del contrato o por la adquisición del interés asegurable.
Cubre el barco, es decir: El casco, la maquinaria, el bote, los aparejos y los equipos que normalmente serán vendidos junto con el barco, al ser traspasado a un nuevo dueño, en servicio activo y guardado fuera de servicio activo. El barco queda cubierto mientras se encuentre en servicio activo navegando en el mar o aguas interiores, en puerto y en muelles. También se encuentra cubierto, mientras permanezca guardado fuera de servicio activo y los aparejos, equipos incluyendo motores fuera de borda quedan cubierto sujeto a las condiciones de este seguro mientras se encuentren en los lugares donde son guardados o reparados en tierra.
Es una garantía que busca asegurar el cumplimiento de una obligación.
Entre ellas podemos citar las fianzas de: Mantenimiento de oferta, fiel cumplimiento, avance o anticipo, vicios ocultos, aduanales y laborales entre otras.
Cubre edificios, naves industriales, canales de riego, aeropuertos, puentes, puertos, conductos, presas, zanjas, parqueos, caminos vecinales, carreteras, entre otros tipos de construcciones respondiendo a las necesidades de tranquilidad de parte de: el promotor o propietario, el contratista principal, los subcontratistas y/o el banco o entidad financiera. El valor asegurado en esta póliza está compuesto en mayor medida por el valor expresado en el contrato de construcción (que deberá contemplar el valor de la obra tomando en cuenta las variaciones económicas sufridas durante su ejecución) y de otras sumas como son: la Responsabilidad Civil, Equipos y Maquinarias de construcción, Remoción de escombros y los bienes o propiedades existentes.
La póliza de TRC con cobertura estándar, contempla la cobertura para los siguientes riesgos: Incendio, rayo, explosión, descuido, negligencia, impericia, actos malintencionados, robo, hurto, daños eléctricos, daños mecánicos, errores de montaje, caída de objetos, rotura de cables, cadenas o bandas, fuerza centrífuga, temblor, erupción volcánica, inundación, ciclón, derrumbe, daños a bienes de terceras personas y remoción de escombros entre otros.
La aseguradora indemnizará al asegurado durante el período del seguro mencionado en la parte descriptiva de la póliza o durante otros períodos sucesivos por los que el asegurado haya abonado la prima correspondiente y que el asegurador haya percibido. Todos los daños o pérdidas que sufran los bienes especificados en la parte descriptiva o parte de los mismos, mientras se encuentren dentro del sitio asegurado o dentro del área geográfica allí especificada, a consecuencia de un siniestro accidental, súbito o imprevisto originado por cualquier causa que fuera (salvo las excluidas expresamente) en forma tal que exijan su reparación o reposición.
Este seguro cubre los daños materiales que sufran los bienes asegurados por: Errores durante el montaje, impericia, descuido, actos mal intencionados de obreros y empleados del asegurado o de extraños, caída de parte del objeto que se monta, como consecuencia de rotura de cables o cadenas, hundimiento o deslizamiento del equipo de montaje u otros accidentes análogos, robo, incendio, rayo, explosión, hundimiento de tierra o desprendimiento de tierra o de rocas, cortocircuitos, arcos voltaicos, así como la acción indirecta de la electricidad atmosférica y caída de aviones o parte de ellos.
La póliza asegura el premio mencionado, siempre y cuando el asegurado garantice que en el hoyo seleccionado deben estar presentes en todo momento de la competencia, dos miembros del Comité del Club de Golf donde se celebre el torneo, todos los scorecards, deben ser completados en su totalidad; cualquier Hoyo en Uno, debe ser hecho como parte de un round completo de golf, debe ser hecho en el primer intento y a la primera vez, a través del hoyo designado durante el round, no se permiten tiros de práctica, entre otros.
Este seguro cubrirá, hasta la suma asegurada que haya sido acordada, las pérdidas financieras que sufra el asegurado, como resultado de que el evento indicado en las condiciones particulares de la póliza, no haya podido tener lugar, tenga que ser abandonado, tenga que ser interrumpido o tenga que ser pospuesto, por una pérdida que origine una reclamación debido a sucesos que se comprueben estén fuera de la esfera de influencia del asegurado o de los organizadores contratados por este y no guarden relación con la no aparición de los participantes o (en el caso de eventos al aire libre) el clima y/o debido a la no aparición de las personas nombradas en las condiciones particulares de la póliza, como consecuencia de enfermedad, accidente o muerte y/o debido a la lluvia, tormenta de viento o granizo en el caso de eventos al aire libre, o que el evento indicado en el programa, no pueda ser montado apropiadamente y como fue planificado y los riesgos apropiados estén anotados en las condiciones particulares de la póliza.
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